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En el planteamiento inicial se
puede considerar que cada persona
a evacuar podrá disponer como mínimo
de una vía principal de evacuación
y otra optativa.
En la figura 2, a título de
ejemplo, se puede ver la
representación de un edificio de
oficinas constituido por cuatro
plantas y un sótano. Se observa
la distribución de cada planta
con los huecos de los patios
interiores, dos escaleras de
incendios laterales que terminan
en la planta baja y a la que cada
planta tiene acceso a través de
puertas cortafuego realizadas en
la pared de protección que aísla
cada una de las escaleras del
resto de edificio. Cada planta
constituye un sector independiente
de incendio. Existe una escalera
principal protegida que va desde
la planta 4 a la planta baja.
Desde el sótano suben dos
escaleras hasta la planta baja. En
esta planta se indica una salida
principal de edificio y tres
secundarias.

Fig. 2: Vías de evacuación
en un edificio de oficinas
Para el cálculo de las vías
de evacuación se puede considerar
en primer lugar que las 525
personas que trabajan en el
edificio están distribuidas por
plantas como se indica en la
figura 2. Se observa que la
ocupación mínima para oficinas
es de 1 persona/10 m2 por lo que
en cada planta, la ocupación
sobrepasa a este mínimo excepto
en la planta sótano. Por lo que
para los cálculos de evacuación
se tomará la ocupación real de
cada planta excepto en el sótano
que será la mínima según norma
de 125 personas.
Se considera a continuación la
altura total del edificio que en
el caso que nos ocupa es de h =
18.5 metros de los cuales son 4 m
para cada una de las plantas baja
y primera, a las otras plantas
segunda, tercera y cuarta les
corresponde 3.5 m a cada una, el sótano
tiene también una altura de 4 m.
Como es mayor que 15 m las
escaleras tienen que ser
protegidas. La anchura en metros A
tiene que cumplir con la condición
de norma por la cual P £ 3 S +
160 A, siendo P el número de
ocupantes asignados a la escalera
en el conjunto de las plantas a
las que sirve. En el caso del
ejemplo P = 255, que es la suma de
las ocupaciones de las plantas 1,
2, 3 y 4. El valor S es la
superficie útil del recinto de la
escalera en el conjunto de las
plantas en m2, incluida la
correspondiente a los tramos,
rellanos y mesetas intermedias. En
el caso que estudiamos es,
teniendo en cuenta que un tramo
tipo de escalera de 1 m de anchura
y correspondiente a un piso de
altura de techo 3 m tiene una
superficie útil estimable en 11
m2, a los 4 tramos de los 4 pisos
de 15 m de altura total de techos
le corresponderá una escalera de
anchura A metros y superficie S =
15 x 11/3 x A = 55 A. Por lo que:
P £ 3 S + 160 A que sustituyendo,
255 £ 3 x 55 A + 160 A; A ³
0.39; se toma el valor mínimo de
A que cumple con lo anterior: A =
1 metro. En el ejemplo considerado
se tiene una escalera principal
protegida de 1.4 m de ancho, como
vía principal de evacuación y
otra escalera secundaria protegida
de 1 m de ancho como vía opcional
de evacuación, superándose así
sobradamente el valor mínimo de
norma que quedaría cubierto con
una única escalera protegida de 1
m de anchura.
Las dos escaleras de incendio
complementan las salidas de las
plantas mejorando las
posibilidades de evacuación. En
otros casos distintos al del
ejemplo se podrían considerar
tales escaleras también como vías
de evacuación, siempre y cuando
que el edificio ya construido, no
admita la inclusión de una
escalera protegida y su uso sea
distinto al hospitalario. En estos
casos se calcularía como una
escalera no protegida con una
anchura mínima de 80 cm.
En el ejemplo que nos ocupa las
salidas normales de planta serán
las puertas de acceso a las dos
escaleras protegidas que resultan,
como se ha visto, suficientes,
aunque adicionalmente están las
dos puertas de acceso a las
escaleras de incendio.
Como la ocupación de la Planta 1
es mayor de 100 personas se
necesitan dos salidas de planta
que serán las de acceso a las dos
escaleras protegidas. Aunque en
las Plantas 2 y 3 sería
suficiente una única salida de
planta se mantienen también como
mejora los dos accesos a las
escaleras protegidas. La Planta 4
tiene suficiente con un único
acceso a la escalera principal
protegida, E1 en la figura 3.

Fig. 3: Salida de edificio
en planta baja
En la Planta Sótano como más
de 50 personas precisan salvar, en
sentido ascendente, más de 2 m de
altura de evacuación, se
necesitarán dos salidas a sendas
escaleras de evacuación
protegidas, E3 y E4 en la figura
3.
En la Planta baja las salidas de
edificio corresponden a puertas
que dan acceso a un espacio
exterior con una superficie de 0,5
m2 por persona, de forma tal que
ninguno de sus puntos se encuentre
situado a una distancia de la
salida, en metros, mayor que 0. 1
P, siendo P el número de
ocupantes. Los cálculos serían:
S = 0.5 x 525 = 262.5
m2;
D = 0.1 P = 52.5 m.
donde:
S: Superficie
espacio seguro.
D: Distancia máxima
entre el punto más alejado del
espacio seguro y una puerta de
salida de edificio.
Si se considera el número de
salidas de edificio ubicadas en la
Planta Baja, se observa que a
dicha planta confluyen dos
escaleras descendentes E1, E2 y
otras dos ascendentes, E3, E4 según
la figura 3. Se asigna a la
escalera descendente de 1 m de
anchura un número de ocupantes de
160 x 1 = 160 personas. La otra
escalera descendente será capaz
para 160 x 1.4 = 224 personas. La
anchura mínima de las escaleras
ascendentes tendría que ser: A =
P / (160 - 10 h) = 125 / (160 - 10
x 4) = 1.04 m. Como hay dos
escaleras ascendentes, de 1 m de
ancho cada una se cumple
sobradamente con lo anterior. Por
lo que se asignan 160 personas a
cada una de las escaleras
ascendentes.
Para el cálculo de las salidas
del edificio en la Planta Baja se
considera (ver la figura 3) para
el arranque de la escalera
descendente El una asignación de
ocupantes de 224 personas. Para
los arranques de escaleras E2, E3
y E4 la asignación de ocupantes
será de 160 personas para cada
una. Los ocupantes propios de esta
planta son 150 personas, por lo
que el ancho total de las puertas
de salida del edificio, teniendo
en cuenta 1 m de ancho por cada
200 personas, sería: A = (224 + 3
x 160 + 150) / 200 = 4.27 m, como
mínimo. En el caso que nos ocupa
se dispone de una puerta principal
S1 de 2 m de anchura y tres
puertas secundarias S2,S3 y S4 de
1 m de anchura, tal como se indica
en la figura 3.
En las plantas primera, segunda y
tercera se dispone de dos salidas
de planta porque se ha estimado
que la longitud de algunos
recorridos de evacuación hasta
una hipotética única salida serían
mayores que 25 m.
La planta cuarta al ser la más
reducida en dimensiones puede
disponer de una única salida de
planta porque se ha considerado
que cumple con los requisitos de
que su ocupación es menor de 100
personas, la longitud de ningún
recorrido de evacuación hasta la
salida de planta es mayor de 25 m
y su altura de evacuación es
menor de 28 m.
En las plantas de dos o más
salidas se ha previsto que la
longitud del recorrido desde todo
origen de evacuación hasta alguna
salida de planta es menor que 50
m. Se cumple también que la
longitud del recorrido desde todo
origen de evacuación hasta algún
punto desde el que partan al menos
dos recorridos alternativos hacia
sendas salidas, no es mayor que 25
m.
Si se considera el recorrido de
evacuación más desfavorable, se
podría partir del punto P de la
planta cuarta más alejado del
acceso a la escalera principal,
según se representa en la figura
2, y para medir toda la longitud
del recorrido se consideran 22 m
de longitud de pasillos a recorrer
en la propia planta cuarta hasta
la salida de la misma por la
escalera principal, sumando también
las longitudes correspondientes a
los tramos de mesetas y de
escalera correspondientes a la
escalera principal hasta
desembocar en la planta baja y
finalmente añadiendo la longitud
del recorrido desde el pie de
escalera hasta la salida principal
del edificio que es de 18 m.
La escalera principal esta
constituida por tres tramos y dos
mesetas entre cada dos plantas
consecutivas. Cuando la altura
entre plantas sea de 3.50 m, la
parte de escalera entre estas
plantas tiene dos tramos de
escalera de siete escalones de 35
cm de huella y 16 cm de
contrahuella más otro tramo de
ocho escalones de iguales características.
Además habrá que considerar dos
mesetas de 1.4 m de longitud cada
una, coincidiendo así esta
longitud con la anchura de
escalera.
Si la altura entre plantas es de 4
m, entonces la parte de escalera
entre estas plantas tiene dos
tramos de ocho escalones de 35 cm
de huella y 16 cm de contrahuella
más otro tramo de nueve escalones
de iguales características. Además
hay dos mesetas de 1.4 m de
longitud cada una.
Para el cálculo de la longitud
del recorrido de evacuación
correspondiente a la escalera
principal se considera que desde
la planta cuarta hasta la planta
segunda hay cuatro tramos de
escalera de longitud 2.30 m cada
uno y dos tramos de escalera de
longitud 2.70 m cada uno. Además
se consideran cuatro tramos de
meseta de 1.40 m de longitud cada
uno.
Desde la planta segunda hasta la
planta baja hay cuatro tramos de
escalera de longitud 2.70 m cada
uno y dos tramos de escalera de
longitud 3.08 m cada uno.Además
se consideran cuatro tramos de
meseta de 1.40 m de longitud cada
uno.
Por lo que la longitud total del
recorrido de evacuación
correspondiente a la escalera será
de:
4x2.30 +
2x2.70 + 4x2.70 + 2x3.08 = 31.56 m
de tramos de escalera
8x1.40 = 11.20 m de tramos de
mesetas de escalera.
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En el caso de una persona
adulta sin impedimentos físicos,
la velocidad de desplazamiento
horizontal se podría estimar a
razón de un metro por segundo y
en desplazamiento vertical
(escaleras), podría ser de medio
metro por segundo.
El tiempo propio de evacuación
del itinerario que empieza en el
punto P y termina a la salida
principal del edificio sería:
tPE = espacio / velocidad = 22 m
/1 m/s + 31.56 m / 0.5 m/s + 11.20
m / 1 m/s + 18 m / 1 m/s 114 s,
aproximadamente igual a 2 minutos.
El tiempo de detección podría
oscilar entre un máximo de 10
minutos en el caso de detección
por el personal presente o de
vigilancia y menos de 1 minuto
para el caso de haber central de
alarma automatizada. En el ejemplo
se considera un tiempo de 5
minutos.
El tiempo de alarma es el propio
de la emisión de los mensajes,
luces o sonidos codificados y no
debería ser superior a 1 minuto.
El tiempo de retardo en
situaciones con personal
adiestrado en el plan de
emergencia no debería superar el
minuto. En todo caso podría
alcanzar hasta 5 minutos o más si
no hay un plan de emergencia
correctamente implantado. En el
caso del ejemplo se ha considerado
un tiempo de retardo de 2 minutos.
Con estos supuestos se podría
considerar que el tiempo total de
evacuación para el ejemplo
estudiado sería de:
tE = tD + tA + tB + tPE
= 5 min. + 1 min. + 2 min. + 2
min. = 10 minutos.
La norma UNE 23093 define una
acción térmica convencional
mediante una relación
tiempo-temperatura que constituye
una referencia que permite
establecer las exigencias
reglamentarias de comportamiento
ante el fuego de los elementos
constructivos, en términos de
tiempo equivalente durante el cual
el ensayo reproduce la peor
condición posible en el lugar del
incendio.
La escala de tiempos adoptada por
la Norma Básica de la Edificación,
NBE-CPI
1996, se corresponde
con los siguientes valores de
temperatura alcanzada por encima
de la del ambiente:

Aunque estos tiempos no están
relacionados directamente con el
tiempo total de evacuación, se
deberían tener en cuenta para el
diseño de la protección de las vías
de evacuación usando los
materiales adecuados con una
resistencia al fuego (RF) y
parallamas (PF) suficiente para su
misión de proteger como mínimo,
durante todo el tiempo
transcurrido en la evacuación.
Se podría considerar como tiempo
total máximo para una evacuación
el de 15 a 20 minutos, siempre que
el edificio esté debidamente
protegido y la propagación del
fuego controlada. En todo caso el
tiempo máximo de evacuación
estará en función de las garantías
de control del siniestro.
Evidentemente un incendio
posiblemente requiera un tiempo de
evacuación menor que una amenaza
de bomba. En el caso de que alguno
de los sumandos de este tiempo
total fuesen mayores que los
expuestos en el ejemplo de esta
nota, se podría considerar la
disminución de los otros sumandos
para poder conseguir un total
aceptable.
En el caso del ejemplo tratado se
podría considerar la eventualidad
de una de las escaleras
descendentes bloqueadas lo que
conduciría a efectuar la evacuación
por la otra escalera descendente
que está calculada para ser capaz
para ello. Lo único que aumentaría
sería las longitudes de los
pasillos recorridos como vías de
evacuación en cada planta y en el
caso tratado se estimaría un
aumento del tiempo propio de
evacuación, desde el punto más
desfavorable de la planta tercera
hasta la escalera no bloqueada, de
menos de 1 minuto por lo que el
tiempo total de evacuación seguiría
estando dentro de lo aceptable. En
el caso de la última planta, por
tener una única escalera
descendente protegida se tendría
que recurrir al uso de las
escaleras de incendio.
Si el edificio del ejemplo lo
consideráramos ubicado dentro de
una planta industrial debería
completarse el estudio de evacuación
con otro en el que se incluiría
el estudio de riesgo de la planta
para poder escoger los itinerarios
de evacuación más seguros que
conduzcan, si fuese necesario,
fuera de la planta.
Inicialmente se podría considerar
el espacio exterior seguro, ya
definido anteriormente como uno de
los puntos de reunión para el
caso de evacuación parcial de la
planta. Por supuesto que los
puntos de reunión deberían
elegirse como los lugares
suficientemente seguros dentro del
recinto de la planta y además
cercanos a las puertas de salida
hacia el exterior. En estos casos,
al tiempo total de evacuación del
edificio habría que sumarle el
tiempo propio de evacuación
correspondiente al recorrido del
itinerario de evacuación a través
de la planta, que, en el caso de
evacuación parcial, terminará en
el punto de reunión y en el caso
de evacuación total termina en
las puertas de salida del recinto
de la planta.
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(1) MINISTERIO DEL
INTERIOROrden de 29 de
noviembre de 1984. Manual de
Autoprotección. Guía para
desarrollo del Plan de Emergencia
contra incendios y de evacuación
de locales y edificios. BB. OO. 26
febrero 1985, rect. 14 junio.
(2) MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS Y URBANISMO R.D.
2059/81, de 10 de abril, por el
que se aprueba la Norma Básica de
la Edificación NBE-CPI-81:
Condiciones de protección contra
incendios en los edificios. BB.
OO. del 18 y 19 de septiembre de
1981.
(3) MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS Y URBANISMO R.D.
279/1991, de 1 de marzo, por el
que se aprueba la Norma Básica de
la Edificación "NBE-CPI-91:
Condiciones de protección contra
incendios en los edificios".
B. O. E. nº 58 viernes 8 marzo
1991.
(4) MINISTERIO DE
FOMENTO R.D. 2177/1996,
de 4 de octubre, por el que se
aprueba la Norma Básica de la
Edificación "NBE-CPI-96:
Condiciones de protección contra
incendios de los edificios".
B. O. E. nº 261 martes 29 octubre
1996.
(5) MARÍA JESÚS DIOS
VIÉTEZ Norma de
incendios NBE-CIP-91. Casos tipo
en edificios de viviendas.
Ediciones Universidad de Navarra,
S.A. (EUNSA). Barañáin-Pamplona
1993.
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