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Emergencias
Cálculo estimativo de vías y tiempos de evacuación.Parte 1
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Redactores:
Adolfo Pérez Guerrero
Ingeniero Industrial
CENTRO
NACIONAL DE CONDICIONES DE TRABAJO
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El plan de emergencia de
cualquier centro de trabajo
plantea el doble objetivo de
proteger a las personas y a las
instalaciones ante situaciones críticas,
minimizando sus consecuencias. La
mejor salvaguarda para los
ocupantes ante una emergencia es
que puedan trasladarse a un lugar
seguro, a través de un itinerario
protegido y en un tiempo adecuado,
esto es, realizar una evacuación
eficiente. La presente Nota Técnica
pretende exponer los parámetros a
considerar para conseguir con éxito
una evacuación. Para ello se ha
considerado la Norma Básica de la
Edificación CPI/96 y otras
informaciones diversas de tipo práctico.
Mediante un ejemplo de aplicación
práctica se muestra como estimar
las dimensiones de las vías de
evacuación y los tiempos.
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Si se plantea un itinerario
cualquiera de evacuación, antes
del estudio de optimización se
debería poner atención en los
siguientes conceptos generales
extractados de la Norma
Básica de la Edificación
NBE-CPI/96.
Origen de evacuación: Cualquier
punto ocupable. Excepción de los
recintos de densidad de ocupación
baja y superficie menor de 50 m2,
cuyo origen de evacuación es su
puerta.
Recorridos de evacuación:
Longitud real sobre el
eje de pasillos, escaleras y
rampas.
Altura de evacuación: Diferencia
de cotas de evacuación entre la
del origen y la de salida del
edificio. Para evacuación no se
consideran las escaleras mecánicas,
rampas móviles y aparatos
elevadores, excepto las rampas móviles
con dispositivo de parada automática
por sistema de detección y
alarma.
Rampas: Son
consideradas como los pasillos con
una pendiente que no deberá ser
mayor que el 12% cuando su
longitud sea menor que 3 m., que
el 10% cuando su longitud sea
menor que 10 m. o que el 8% en el
resto de los casos.
Recinto: Espacio
cerrado y formado por elementos
constructivos separadores. Puede
abarcar diversas plantas pero
constituye un sector de incendio.
Establecimiento: Concesión
de dominio sobre la utilización
de un inmueble. Todo él dentro de
un edificio será un sector de
incendio diferenciado.
Espacio exterior seguro: Es
el lugar de la vía pública
dentro de una zona delimitada con
un radio de distancia de la salida
de edificio de 0.1 P metros,
siendo P el número de ocupantes.
Si el espacio exterior no está
comunicado con la red viaria o con
otros espacios abiertos no será
preciso computar la superficie
necesaria dentro del radio de
distancia antes citado pero habrá
que excluir una franja de quince
metros desde la fachada. Este
espacio se determina a razón de
0,5 m2/ persona como mínimo. Ver
también salida de edificio.
Salida de recinto: Es
una puerta o un paso que conducen
directamente o no a la salida de
planta y del edificio. Un recinto
puede disponer de una única
salida, si su ocupación es menor
de 100 personas, no existen
recorridos para más de 50
personas que precisen salvar en
sentido ascendente una altura de
evacuación de más de dos metros
y ningún recorrido hasta la
salida debe ser mayor de 25 m. en
general. Una planta puede disponer
de una única salida si además de
cumplir las condiciones
anteriores, su altura de evacuación
no es mayor que 28 m.
Si un recinto o planta deben tener
varias salidas se verifica que:
Desde cualquier origen hasta
alguna salida el recorrido es
menor de 50 m. y desde todo origen
de evacuación hasta algún punto
con al menos dos recorridos
alternativos no tenga más de 25
m.
Salida de planta: Puede
ser el arranque de una escalera
que conduce a una planta de salida
del edificio, siempre que ésta no
tenga un ojo o hueco central con
un área en planta mayor que 1.3
m2 y no comunique con otras
inferiores a través de huecos
verticales además de las normales
de las escaleras.
Es también una puerta de acceso a
una escalera o a su vestíbulo
previo, a un pasillo protegido,
siempre que cumpla con la
normativa específica y que
conduzcan a una salida de
edificio.
Es la puerta de acceso a otro
sector, con las condiciones de que
el primer sector tenga otra salida
de planta o una puerta de acceso a
un tercer sector y finalmente a
una salida de edificio. Las dos
salidas del primer sector no
conducirán a un sector común
para los dos recorridos optativos.
Los espacios a los que se accede,
dentro de 30 m de recorrido de
evacuación desde la puerta
considerada disponen como mínimo
de 0,5 m2 por persona asignada a
dicho recorrido.
Salida de edificio:
Puerta o hueco utilizable como
paso a un espacio exterior seguro.
Si el espacio exterior seguro no
tiene capacidad para todos los
ocupantes se podrá buscar otro
espacio adicional capaz con la
condición que el recorrido sea
menor que 50 m y cumpla con la
normativa específica.
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En el desalojo por incendio o
emergencia en un local o edificio
se pueden considerar cuatro
tiempos diferenciados de la
evacuación, el tiempo de detección
tD, el de alarma tA, el de retardo
tR y el tiempo propio de evacuación
tPE, según se indica en la figura
1.

Fig.1 : Relación entre el
número de personas evacuadas y el
tiempo de evacuación
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La suma de todos es el tiempo
de evacuación. Este y sus
diferentes componentes está en
función del grado de implantación
del plan de emergencia.
tE = tD
+ tA + tB + tPE
Para la optimización del
tiempo total de evacuación se
puede considerar la forma de hacer
mínimos cada uno de los tiempos
sumandos. El tiempo de detección
comprende desde el inicio del
fuego o emergencia hasta que la
persona responsable inicia la
alarma. Si se desglosa a su vez tD
se puede apreciar el tiempo de
detección automática o humana,
el de comprobación de la
emergencia y el de aviso para
iniciar la alarma. Hay centrales
de alarma que son capaces de
recibir la señal de un detector
activado y analizar en menos de un
segundo si es verdadera o falsa y
también el nivel de gravedad de
la emergencia. La detección
humana no es tan rápida, pero se
puede optimizar con la ayuda de
unos buenos medios de comunicación
(megafonía, teléfonos portátiles,
ordenadores periféricos o portátiles,
etc.).
En el caso de detección automática,
la central de alarma puede estar
programada para activar la alarma
correspondiente, iniciando la
evacuación. En el caso de detección
por una persona trascurrirá un
tiempo hasta que se verifique la
gravedad del suceso y se notifique
la necesidad de activar la alarma
correspondiente.
El tiempo de alarma es el propio
de emisión de (los mensajes
correspondientes) por los medios
de megafonía, luces o sonidos
codificados. Este tiempo depende
de la bondad técnica y de
comunicación colectiva de los
mencionados mensajes.
El tiempo de retardo es el
asignado para que el colectivo de
personas a evacuar asimilen los
mensajes de alarma e inicien el
movimiento hacia los itinerarios
correspondientes de salida.
Influye de una manera importante
en la disminución de tR la
eficacia de comunicación de los
mensajes y la buena organización
del personal de ayuda para la
evacuación.
El tiempo propio de evacuación se
inicia en el momento que las
primeras personas usan las vías
de evacuación con intención de
salir al lugar seguro preindicado.
Se puede contar aproximadamente
desde la salida del primer
evacuado.
Para el tiempo total de evacuación
se puede considerar, que tendría
que ser obviamente inferior al
menor de los tiempos de
resistencia de los materiales que
limitan los itinerarios de
evacuación, y contando también
con que dichas vías de evacuación
cumplen con las condiciones mínimas
de protección contra humos y
sustancias tóxicas inhalables,
tomándose como medida preventiva
aminorar en la medida de lo
posible el tiempo total de
exposición de las personas
evacuadas. En caso necesario se
pueden suministrar mascarillas
faciales de protección de ojos y
vías respiratorias, teniendo en
cuenta que su uso debe quedar
restringido a exposiciones cortas
y concentraciones ambientales de
humos y gases muy bajas.
Este tiempo total de evacuación
depende del número de salidas del
edificio o recinto a evacuar. Se
considera que los ocupantes
asignados a una salida deben poder
traspasarla en un tiempo máximo
de 2.5 minutos.
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(1) MINISTERIO DEL
INTERIOROrden de 29 de
noviembre de 1984. Manual de
Autoprotección. Guía para
desarrollo del Plan de Emergencia
contra incendios y de evacuación
de locales y edificios. BB. OO. 26
febrero 1985, rect. 14 junio.
(2) MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS Y URBANISMO R.D.
2059/81, de 10 de abril, por el
que se aprueba la Norma Básica de
la Edificación NBE-CPI-81:
Condiciones de protección contra
incendios en los edificios. BB.
OO. del 18 y 19 de septiembre de
1981.
(3) MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS Y URBANISMO R.D.
279/1991, de 1 de marzo, por el
que se aprueba la Norma Básica de
la Edificación "NBE-CPI-91:
Condiciones de protección contra
incendios en los edificios".
B. O. E. nº 58 viernes 8 marzo
1991.
(4) MINISTERIO DE
FOMENTO R.D. 2177/1996,
de 4 de octubre, por el que se
aprueba la Norma Básica de la
Edificación "NBE-CPI-96:
Condiciones de protección contra
incendios de los edificios".
B. O. E. nº 261 martes 29 octubre
1996.
(5) MARÍA JESÚS DIOS
VIÉTEZ Norma de
incendios NBE-CIP-91. Casos tipo
en edificios de viviendas.
Ediciones Universidad de Navarra,
S.A. (EUNSA). Barañáin-Pamplona
1993.
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